Artículo 82-

Artículo 82 de la Ley 207 de Transparencia, Acceso a la Información Publica y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero.

Además de lo señalado en el artículo 81 de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos deberán poner a disposición del público y

actualizar la información siguiente: